Fin de la última audiencia en el juicio: la pena que podrían recibir los rugbiers
El lunes comienzan los alegatos y se espera que el 31 de enero se conozca el fallo contra los acusados.
¿Qué pena podrían recibir los acusados del caso Fernando Báez Sosa? El Código Penal de la Nación Argentina estipula distintas penas cuando a una persona le causan la muerte. Es así que los ocho imputados se enfrentan a diferentes tipos de condena que definirá su responsabilidad y el futuro de su libertad.
La fiscalía, representante del Estado, la Querella, parte acusadora, y la Defensa, buscarán una pena que se adecue a sus intereses y concepción de Justicia. Estas son las posibles condenas que podrán recibir los acusados de provocarle la muerte a Fernando Báez Sosa:
Prisión perpetua, homicidio calificado: máximo de 35 años
El artículo 13 del Código Penal Argentino da a entender que esta condena se aplica a los homicidios calificados.
El artículo 80 describe que este delito se realiza de forma dolosa (con intención) y tiene la característica de haber sido hecho por odio o traición, para vengarse o realizado en grupo.
Es cometido por el concurso -conducta- premeditada -intencional- de dos o más personas. La querella ha hecho saber que pedirá esta condena.
Prisión de 8 a 25 años: homicidio simple
El artículo 79 del Código Penal Argentino señala que se aplicará a aquellos que maten. Es un delito que se concreta cuando se pone fin a la vida de una persona con intención o dolo. Posiblemente la fiscalía encause la acusación en esta figura.
Prisión de 2 a 6 años: homicidio en riña
El artículo 95 del Código Penal Argentino reza que en una riña o agresión en que tomaren parte más de dos personas y una resultara muerta sin que se pueda identificar quiénes las causaron, se aplicará una pena de dos a seis años; y se considerará autores a todos los que ejercieron violencia sobre la persona que perdió la vida.
Esta es la pena por la que trabaja la defensa.
Si el tribunal aplica esta condena, los acusados recuperarán la libertad automáticamente por haber estado en reclusión en el penal de Dolores desde el 18 de enero de 2020 u obtener la libertad condicional legal por haber cumplido dos terceras partes de la condena.
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