En San Lorenzo se regulará el servicio de recolección de restos de poda
Tras la aprobación de la Ordenanza N° 2.018 en el Concejo Deliberante se procedió a la reglamentación de esta nueva normativa que refiere al servicio de recolección de restos de poda y al mantenimiento de veredas.
A partir de la creación de este nuevo marco regulatorio, se estableció un sistema de turnos para solicitar el servicio por el cual se cobrará una tasa que fue establecida en la normativa.
Los vecinos deberán comunicarse con la secretaría de Ambiente llamando al 4922100 (interno 5) de lunes a viernes de 8 a 14 o vía mail a ambiente@munisanlorenzo.gob.ar, para solicitar la recolección de los restos de poda domiciliarios e informar en metros cúbicos la cantidad aproximada a retirar. Además, deberán declarar una dirección de e-mail/correo electrónico a la que se remitirá toda la documentación vinculada al trámite.
Una vez concluida la solicitud del servicio, personal de la secretaría informará al solicitante la fecha en la que se realizará la recolección, el vecino no podrá depositar los restos de poda en la vía pública en fechas previas a la indicada, incumplir con la fecha será causa de multa.
Al momento de realizar el servicio los operarios responsables de la recolección entregarán la orden de trabajo al contribuyente. En la misma se consignarán todos los datos correspondientes y se verificará la cantidad de metros cúbicos declarados con los depositados para su posterior retiro.
En caso de que existiera una diferencia entre los metros declarados y lo depositado, se dejará constancia de esa diferencia en el apartado "observaciones". La orden de trabajo deberá ser firmada por el contribuyente y el operario a cargo del servicio.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 6° de la ordenanza el costo del metro cúbico de resto de poda a retirar será de 80 Unidades Tributarias.
Concluído el servicio, desde la Secretaría de Hacienda se remitirá a dirección e-mail declarada por el ciudadano el cargo por el servicio prestado. El plazo de pago será de 48 horas posteriores a la realización del servicio ( artículo 9 de la ordenanza 2018/2020).
El pago del servicio se podrá realizar en la oficina de receptoría ubicada en el Centro Municipal o vía transferencia bancaria. En las próximas semanas se habilitará el pago electrónico a través de las plataformas Mercado Pago, Pago Mis Cuentas, como así también en las bocas de Rapipago Pago Fácil.
Mantenimiento de veredas e inmuebles sin edificación
Respecto al mantenimiento de veredas el documento establece la obligatoriedad de mantener el espacio colindante en buen estado de conservación y libre de malezas u obstáculos que dificulten el tránsito.
Se establece la obligatoriedad de mantener los inmuebles sin edificación limpios y libres de malezas.
Esquema de multas y sanciones
Depósito de escombros y elementos inorgánicos en veredas o vía pública: 500 Unidades Tributarias (Artículo 4°).
Veredas en mal estado de conservación: 100 Unidades Tributarias (Artículo 4°)
Depósito de restos de poda sin autorización en vía pública y retiro: 160 Unidades Tributarias (Artículo 6°).
Quema de residuos sólidos urbanos, restos de poda o cualquier elemento combustible a cielo abierto: 300 Unidades Tributarias (Artículo 7°).
Falta de mantenimiento en inmuebles sin edificación: 3 Unidades Tributarias por metro cuadrado (Artículo 8°).
Consulta la ordenanza haciendo click acá: https://bit.ly/3dReZHY
Bien por el Municipio de San Lorenzo, o sea que el pago de recolección de residuos que se tributa a la Municipalidad, no cubre para que levanten restos de poda, muy bueno, sigan lucrando con el pueblo. Están peor que los que se fueron... yo los vote pero ahora estoy arrepentido
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