Más trucho que el "juntos por siempre" de tu ex: el aceite que no debes comprar
Este jueves, la ANMAT prohibió la comercialización de una serie de productos. Fíjate bien cuáles son.
La Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de varios productos. Entre ellos un test rápido contra el Covid-19, alcohol etílico, dos aceites de girasol y otra serie de productos médicos. Las disposiciones fueron publicadas este jueves en el Boletín Oficial.
Ante ello, para "proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos"- el ANMAT prohibió, mediante la disposición en la Disposición 3597/2021 "el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de las unidades sin datos de nacionalización identificados como ‘SARS-CoV-2 Antigen Rapid Test Kit (Colloidal Gold Immunochromatography), Beijing Lepu Medical Technology Co., Ltd., LOT 21CG2701X'".
El test rápido de antígenos se realiza mediante un hisopado nasofaríngeo. Tiene la ventaja de que entre 20 y 30 minutos arroja un resultado y no requiere un laboratorio de tecnología. Sin embargo, posee una menor sensibilidad que el método PCR. Es utilizado generalmente para el individuo que tiene síntomas. En los laboratorios privados valen entre $5.000 y $6.000 pesos.
Por otro lado, en la Disposición 3606/2021, se prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional de la "Crema curativa con aceite de cannabis". Dolores musculares - Reuma - Dolores de Cuello -Calambres - Ciática - Lumbalgia - Artrosis - Artritis, elaborada por LABORATORIO ANDESFARMA S.A. Colon 1256, Maipu, Mendoza. Y "Pomada en gel cannabis 100% natural, alivia los dolores - anlagésico -antinflamatorio. Ingredientes aceite esencial de cannabis".
La crema terapéutica con extracto de Cannabis, funciona como tópico para dolores y es un poderoso paliativo, calmando dolencias y patologías tales como; golpes, torceduras, reuma, ciática, artritis, artrosis, golpes en frío, desgarros, esguinces, lumbalgias, luxaciones, tortícolis, etc.
Según informó el organismo, el laboratorio no posee registro de habilitación y los productos no tienen rótulo, por lo cual no es posible determinar las condiciones de elaboración.
En la Disposición 3604/2021, el organismo de control ordenó prohibir la venta de un producto ilegal que se vendía como desinfectante en el marco de la pandemia del coronavirus, pero que no contaba con autorización ni registros legítimos. El producto se encuentra etiquetado textualmente como ‘CONTENIDO NETO 500 mm, INDUSTRIA ARGENTINA, ALCOHOL ETILICO 96°, ANTI-BACTERIAL ELIMINA EL 99,9% DE BACTERIAS Y VIRUS, R.N.E. N° 04003223 R.N.P.A. N° 04069014, ELABORADO y FRACCIONADO POR NOVALCOL, Elaboración: 01/3/2021, Vencimiento: 01/03/2022.
Por último, quedó suspendida la distribución y venta de dos aceites de girasol ilegales. Las etiquetas para identificarlos dicen ‘Aceite 100% girasol, producto para gastronomía, marca Girasoles, cont. neto 4.5 litros, RNPA 04-0003576 y elaborado por RNE 04-000329, y también ‘Aceite 100% girasol, producto para gastronomía, marca Girasoles, sin indicar contenido neto, RNPA 04-0003576 y elaborado por RNE 04-000329, según la disposición 3605/2021 de ANMAT.
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